Historia del aborto en España
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La Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI) es una organización que gestiona clínicas abortistas y ha publicado un informe en el que afirma que el 89% de las mujeres que han intentado interrumpir su embarazo han sido presionadas por grupos antiabortistas.
Sonia Lamas, portavoz de la organización, describió algunos de los ejemplos de abusos a los que se enfrentan las clínicas: “Denunciamos hace meses el acoso que sufrimos, pero las autoridades ni siquiera vienen a limpiar las pintadas”.
Grupos antiabortistas como Hazte Oír, Derecho a Vivir, Más Futuro y Asociación Sifra dedican buena parte de su tiempo y recursos a poner trabas a las mujeres que intentan abortar.
Ejemplos de ello son ir a las clínicas por las mañanas y plantarse allí, esperando a las mujeres para convencerlas de que cambien de opinión, a veces dándoles folletos y otras incluso mediante el acoso, agarrándolas del brazo o llamándolas “asesinas”.
Leyes sobre el aborto en España en 1927
La legislación española despenalizó técnicamente el aborto en 1985, pero sólo permitía el procedimiento en tres circunstancias concretas: en caso de violación (dentro de las 12 primeras semanas); si el feto podía presentar anomalías congénitas mentales o físicas graves (dentro de las 22 primeras semanas); si era necesario para proteger la salud física o mental de la madre (sin límite en el periodo de gestación).
En 2010, la ley se amplió al aprobarse la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. El cambio más importante de esta nueva normativa permitió que cualquier mujer pudiera abortar en las primeras 14 semanas de gestación, de forma gratuita y por cualquier causa, siempre que hubiera sido informada de sus derechos y de la disponibilidad de ayudas públicas a la maternidad. A continuación, debe esperar tres días para reflexionar sobre su decisión antes de dar el paso definitivo.
El plazo permitido para solicitar un aborto por razones médicas se amplió a 22 semanas. Entre las razones médicas legítimas figuraban un riesgo grave para la salud física o mental de la madre; si el feto presentaba signos de anomalía o defecto grave; si se detectaba en el feto una enfermedad grave e incurable, o si el feto presentaba signos de anomalías incompatibles con la vida. Se requería el consentimiento de un médico para interrumpir un embarazo en estas circunstancias.
¿Es legal el aborto en España 2022?
El aborto a petición está contemplado en la legislación española, pero también lo está el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales médicos. La objeción de conciencia es el derecho de una persona a negarse a participar en determinadas actividades por motivos morales, religiosos o de libertad. Aunque el término se utiliza popularmente en términos militares, el personal médico puede objetar para llevar a cabo procedimientos como abortos o eutanasia.
En la comunidad autónoma de La Rioja, con una población de más de 300.000 habitantes, la interrupción del embarazo no es practicable en ningún centro sanitario público o privado. Esto se debe a la objeción de conciencia de todo el personal médico allí destinado.
En la región catalana de Lleida y la zona de los Pirineos, con una población de más de 400.000 personas, no es posible practicar un aborto clínico por el mismo motivo. Todos los ginecólogos firmaron una objeción de conciencia. Sin embargo, desde la semana pasada, un par de centros están autorizados a ofrecer píldoras abortivas, que sólo pueden tomarse hasta la novena semana de gestación.
El aborto en la España de los años veinte
Entre las semanas 14 y 22, el aborto sólo se permite cuando existe “un grave riesgo para la vida o la salud de la madre o del feto”. Esto debe ser determinado por médicos que no pueden ser los mismos que luego realizarán la intervención quirúrgica. Después de las 22 semanas, el aborto sólo se permite si los médicos detectan “deformidades fetales incompatibles con la vida”.
Las jóvenes de 16 y 17 años pueden abortar, pero necesitan permiso paterno. Con la anterior ley de 2010, los padres tenían que acompañarlas a la clínica, a menos que la menor alegara que decírselo a sus padres crearía un conflicto familiar.Más informaciónEl jefe del Partido Popular aboga por volver a